Si el número de los Caballeros y Damas es relevante y problemas de distancia geográfica pueden impedir la vida normal del Capítulo, el Soberano Gran Maestro puede establecer, con Decreto especial y oído el Consejo General, Comanderías o Sub-Capítulos que dependen del Responsable pero con autonomía organizativa y con un Encargado Responsable designado. En el caso de que no se encuentra en una región un número suficiente de Caballeros y Damas para formar un Capítulo, el Soberano Gran Maestro puede establecer, con Decreto especial y oído el Consejo General, una coordinación, asimismo intrarregional, dirigida por un Encargado coordenador.
Los Responsables de los Capítulos regionales y nacionales y los Encargados de las Comanderías y Coordinaciónes son elegidos dentro de la Orden en el País o en la Región de pertenencia; son Caballeros y Damas prudentes y sabios. En sus países o regiones cada uno de ellos realiza la presencia y los intereses de la Orden; coordina las iniciativas de la zona que supervisa y favorece el aprendizaje permanente y las actividades caritativas de los Caballeros y Damas colocados bajo su responsabilidad.