La Orden se divide en tres grandes categorías:
Caballeros y Damas de Justicia;
Caballeros de estado clerical y Caballeros y Damas de estado religioso;
Caballeros y Damas de Mérito
La primera categoría, reservada para los que producen prueba de nobleza, se divide en:
Categorías de los Caballeros de Justicia y Categoría de las Damas de Justicia
Incluyendo las siguientes clases:
Bailío Gran Cruz de Justicia (Stratega Magister); Dama Bailío Gran Cruz de Justicia
Gran Cruz de Justicia (Spataro Magister); Dama Gran Cruz de Justicia
Gran Oficial de Justicia (Vice Spataro); Dama Gran Oficial de Justicia
Comendador de Justicia (Spataro Candidato); Dama con Comandancia de Justicia
Caballero de Justicia (Protospataro); Dama de Justicia
La segunda categoría, reservada para las personas que pertenecen al estado clerical o religioso, se divide en:
Categorías de los Caballeros Profesos y Categoría de las Damas Profesas
Incluyendo las siguientes clases:
Bailío Gran Cruz de Justicia Profeso; Dama Bailío Gran Cruz de Justicia Profesa
Gran Cruz de Justicia Profeso; Dama Gran Cruz de Justicia Profesa
Gran Oficial de Justicia Profeso; Dama Gran Oficial de Justicia Profesa
Comendador de Justicia Profeso; Dama con Comandancia de Justicia Profesa
Caballero de Justicia Profeso; Dama de Justicia Profesa
La tercera categoría se divide en:
Categoría de los Caballeros de Mérito y Categoría de las Damas de Mérito
Incluyendo las siguientes clases:
Gran Cruz de Mérito (Spataro Junior); Dama Gran Cruz de Mérito
Gran Oficial de Mérito con Placa (Spataro Junior Candidato); Dama Gran Oficial de Mérito con Placa
Gran Oficial de Mérito (Vice Spataro Junior); Dama Gran Oficial de Mérito
Comendador de Mérito (Vice Spataro Junior Candidato); Dama con Comandancia de Mérito
Caballero de Mérito (Protospataro Junior); Dama de Mérito
Dado que la Orden de Caballería es en sí misma ennoblecedora, la admisión a ella en las clases altas, en virtud de las leyes heráldicas más antiguos siempre reconocidas desde hace siglos por los reyes, emperadores y Patriarcas ecuménicos, puede dar lugar a la designación honoraria, de acuerdo con el Decreto Especial del Cabo y Soberano Gran Maestro, del título de Conde Palatino (Comes Palatii Auleaque) transmisible de acuerdo con los preceptos heráldicos de la Corona.
Con Decreto Especial del Cabo y Soberano Gran Maestro, para méritos indiscutibles, pueden ser también concedidos los Collares, que son el más alto honor de la Orden y que se fija nen el número máximo de cincuenta. De este modo se reforma en la Orden la antigua clase de los cincuenta Caballeros de Collar, en memoria de los primeros cincuenta compañeros del Emperador Hagi San Constantino el Grande. Dichos collares están divididos en dos cintas que simbolizan la unidad de la fe.
Doce Collares llevan el nombre de los doce Apóstoles, siete de los Santos Patronos de la Orden:
San Pedro
San Paolo
San Juan
San Andrés
San Felipe
Santiago el Mayor
San Bartolomé
San Simón
San Judas Tadeo
Santiago el Menor
Santo Tomás
San Mateo
San Esteban
San Jorge
San Costantino Magno
San Basilio Magno
San Luis
San Mauricio
Santa Helena
La concesión de estos diecinueve collares, que son hereditarios, sitúan los concedidos en el grado de parentesco, haciéndolos primos uno al otro como son del Soberano Gran Maestro.
Los restantes treinta Collares no son hereditarios y, a la muerte del concedido, deben ser devueltos al Soberano Gran Maestro. Estos Collares pueden concedidos por méritos excepcionales a personas de alto rango, tanto seculares como religiosos. La concesión del Collar también representa el testimonio de extraordinarios méritos hacia la Orden. Todos los concedidos son de derecho Senadores supernumerarios. La concesión ocurre siempre sobre la base de "Motu Proprio" especial con Decreto especial del Soberano Gran Maestro.